Para que las instituciones educativas particulares puedan entrar en vigencia, tienen que elaborar una propuesta de políticas de cobranzas para mejorar los procesos contables, ya que estas no cuentan con un soporte legal por parte de Mineduc, una entidad reguladora del proceso. Un estudio realizado en 2024 se efectuó mediante las metodologías de tipo descriptiva y explicativa, puesto que se tomó como grupo de intervención a 10 unidades educativas particulares del cantón Loja, así como también una encuesta, para la obtención de la información requerida. En este contexto, como resultado de la investigación se llega a determinar que no existe políticas gubernamentales que sustenten o apoyen a las políticas de cobranzas en las unidades educativas privadas, de la misma manera se evidenció que en un 55% no tienen sistema contable informático, lo que impide un proceso efectivo de cobranzas a nivel interno de cada I.E., considerando que la entidad gubernamental no ampara en la parte de cobranzas a las instituciones privadas.
La propuesta mencionada es un derecho innegable a la educación y a su vez un aporte de las instituciones educativas particulares en la formación de los mismos; al no tener las políticas de cobranzas de pensiones establecidas, este derecho se transforma en una dificultad ya qué, no permite gestionar pagos (proveedores, infraestructura, personal docente, administrativos, gastos varios, cobranzas, entre otros), considerando que los servicios que prestan las I.E. particulares es personalizada, implica estar a la vanguardia tecnológica, pedagógica, capacitaciones, lo cual amerita que sea retribuido de forma periódica y normal, para gestionar lo antes mencionado. Sin embargo, existen normativas y regulaciones como por ejemplo:
- El Ministerio de Educación establece los techos máximos para las pensiones y matrículas en instituciones privadas y fiscomisionales.
- Los valores pueden variar según la categoría de la institución y su ubicación.
- El pago de pensiones se realiza generalmente de forma mensual.
- Se permite el pago mediante transferencias bancarias, depósitos, tarjetas de crédito o débito, y en algunos casos, pagos en efectivo.
- No se pueden exigir pagos adelantados de pensiones por más de un mes
Sin embargo, es importante mencionar que para que los pagos de las pensiones se lleven a cabo correctamente se deben implementar estrategias para que no existan problemas por parte de los beneficiarios del servicio al realizar el pago, como por ejemplo:
1. Simplificar o eliminar trámites innecesarios
2. Implementar ventanillas únicas para gestionar todos los trámites en un solo lugar
3. Difundir campañas de comunicación sobre los derechos a pensión y los pasos a seguir
4. Facilitar exoneraciones de costos administrativos para personas en situación de vulnerabilidad
5. Implementar canales de denuncia de seguros ante abusos o solicitudes indebidas.
Referencias:
ACUERDO No. 0387-13. (28 de noviembre del 2014).https://educacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/12/codif-acuerdo_0387-13.pdf.pdf
Ramírez, K . y Yaguache, D. (2024). Políticas de cobranzas en pensiones de Unidades Educativas privadas. RECIAMUC, 8(1), 39-53. https://reciamuc.com/index.php/RECIAMUC/article/view/1238

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